El juez determinó que el delito por el que se le imputó al joven no quedó demostrado, por lo que deberá ser puesto en libertad inmediata.
El juez determinó que el delito por el que se le imputó al joven no quedó demostrado, por lo que deberá ser puesto en libertad inmediata.
Por considerar que Diego Gabriel Cruz Alonso, uno de los llamados Porkys, acusados de violar a una menor de edad en 2015, le introdujo los dedos en la vagina a la joven sin “lascivia”, el Juez Tercero de Distrito del estado de Veracruz, Anuar González Hemadi, concedió un amparo que le daría derecho a la libertad en no más de 90 días.
El juez determinó que el delito por el que se le imputó al joven no quedó demostrado, por lo que deberá ser puesto en libertad inmediata.
Diego Cruz es señalado como uno de los cuatro jóvenes que abusaron sexualmente de una chica en ese entonces menor de edad.
De los cuatro, a Cruz Alonso se le señala como quien tocó la vagina de la joven y posteriormente le introdujo los dedos, imputándole el delito de abuso sexual, que para el juez no quedó fehacientemente demostrado.
El juez argumenta que:
“Es menester precisar que el alcance demostrativo de tales medios probatorios, alcanza para establecer que el sujeto activo de que se trata, realizó un tocamiento en la menor agraviada, y que a la vez no tenía la intención de llegar a la cópula vaginal, anal ni oral, pues no existe ni un solo elemento que acredite siquiera indiciariamente esta finalidad en el inculpado, y además, por el hecho perpetrado de momento, sin realizar otro tipo de acto, o expresar palabra alguna, es dable considerar que no existía la finalidad de copular.
“Igualmente se encuentra demostrado que la ofendida, aquí tercero interesada, al momento de los hechos (tres de enero de dos mil quince), era menor de edad, pues contaba con diecisiete años cumplidos, a la fecha en que sucedieron los actos, por haber nacido el veintiséis de agosto de mil novecientos noventa y siete.
“Sin embargo, no se encuentra demostrado fehacientemente, el “abuso sexual” de dicha menor a que alude la figura delictiva en estudio, lo que impide declarar constitucional el auto de formal prisión de veintitrés de enero de dos mil diecisiete que se reclama.
“Se sostiene lo anterior, toda vez que no se encuentra suficientemente demostrado en el particular, el “abuso sexual” partiendo de la existencia de un manoseo como elemento del delito que se atribuye al quejoso, dado el contenido de las pruebas y la mecánica del evento delictivo.
“Lo anterior es así, pues tratándose de delitos de carácter sexual el “abuso” consiste precisamente en una acción dolosa con sentido lascivo que se ejecuta sobre el sujeto pasivo, sin tener en consideración el número de tocamientos o roces que se hayan realizado, de tal manera que un roce o frotamiento incidental no serían considerados como actos sexuales, de no presentarse el elemento intencional de satisfacer un deseo sexual a costas del pasivo”.
Cruz Alonso es uno de los chicos conocidos como “Los Porkys de Costa de Oro” que, presuntamente en 2015, abusaron sexualmente de Daphne Fernández, cuando era menor de edad.
El amparo se concedió porque el juez no halló pruebas suficientes sobre la participación de Diego Gabriel ‘N’ en el delito de pederastia que se le atribuyó, de acuerdo con el Consejo de la Judicatura Federal.
La defensa del joven impugnó el auto de formal prisión del 23 de enero de 2017, emitido en la causa penal número 83/2016, el cual fue girado cuatro días después de que fue extraditado desde España.
Ahora la defensa de la joven tiene un plazo de diez días para impugnar la resolución del juez; el abogado del caso Carlos Mateos, confirmó que lo harán e integrarán una posible denuncia contra el juez, en caso de acreditar un actuar fuera de la ley.