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Eva Felicitas Cadena Sandoval.

Xalapa, Ver.

¿En qué consiste el nuevo amparo de Eva Cadena?

Con el nuevo amparo la diputada local, busca evitar que tanto la FGE, la PGR, el Congreso del Estado, y toda aquella autoridad que conozca de su proceso, dé a conocer los avances que lleva el mismo.
17/05/2017 01:59 p.m.
Gabriela Rasgado
Presencia.MX

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Eva Felicitas Cadena Sandoval promovió un nuevo amparo ante un juez federal de la Ciudad de México; ahora busca que toda aquella autoridad que, en mayor o menor medida, esté relacionada en el proceso que se le sigue, no difunda información al respecto.

Se trata del 389/2017, tramitado en el Juzgado Quinto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, desde el pasado 10 de mayo.

Eva Cadena refiere entre sus argumentos que el proceso penal que enfrenta –seis denuncias por delitos electorales y otros, un juicio de procedencia y órdenes de presentación- son “actos que afectan a personas extrañas a juicio”.

Por ello, con el nuevo amparo la diputada local ex integrante de Morena, busca evitar que tanto la Fiscalía General del Estado (FGE), la Procuraduría General de la República (PGR), el Congreso del Estado, y toda aquella autoridad que conozca de su proceso, dé a conocer los avances que lleva el mismo.

Es decir, los actos reclamados específicos son la “difusión de información relacionada con operativos, detenciones, actuaciones, investigaciones, averiguaciones previas, carpetas de investigación, procesos y todo tipo de actos de autoridad relacionados con la quejosa”.

Un análisis realizado por PRESENCIA a las listas de acuerdo desde el 10 hasta el 17 de mayo en dicho juzgado, publicadas en el Consejo de la Judicatura Federal (CJF), refiere que el juez federal concedió la suspensión provisional “en términos amplios” el 11 de mayo, señalando como fecha y hora la audiencia incidental, el 18 de mayo a las 09:45 horas.

Sin embargo, también se detectó que este mismo miércoles, ya se interpuso un recurso contra la suspensión otorgada por el juez, queja que proviene de la Fiscalía General, pues la mañana de este día, el fiscal Jorge Winckler Ortiz confirmó que combatirían la decisión.

¿Qué pueden o no hacer las autoridades?

Al conceder la suspensión provisional, el juez advierte a las autoridades que las filtraciones respecto a la investigación, incide en la vida privada, intimidad, datos personales, presunción de inocencia y la secrecía de las averiguaciones previas, destacando que hacerlo causaría una afectación directa a derechos que serían de difícil reparación "pues los artículos 6 y 16 ordenan la protección a la vida privada"; si bien el sexto prevé el derecho fundamental de acceso a la información, este puede limitarse en virtud del interés público, la vida privada y los datos personales.

Eva Cadena reclamó que en su caso, que está relacionado con un procedimiento penal, se debe salvaguardar en todo momento su principio de presunción de inocencia.

La resolución del juez enfatiza pues, que la presunción de inocencia que reclama Eva Cadena constituye “un derecho fundamental a recibir la consideración y el trato de ni autor o no partícipe en hechos de carácter delictivo o análogo a estos”.

Por ello, el juzgador concluye que, al menos por un tiempo en tanto se resuelve de fondo el amparo, el Congreso, la FGE, la PGR, la Fepade, y toda autoridad que tiene conocimiento y participación en la integración de su caso deberán abstenerse “de difundir información relacionada con operativos, detenciones, investigaciones, averiguaciones previas, carpetas de investigación, y procesos penales relacionados con la quejosa, hasta en tanto se notifique a las autoridades responsables la resolución que se dicte sobre la suspensión definitiva”.


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