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RESPONSABILIDAD PENAL para las dos partes, señalan las leyes.

Las Choapas, Ver.

Comprar o empeñar objetos sin facturas, es un delito, alertan en Las Choapas

El que acepta en empeño o compra algún artículo que es robado, tiene tanta responsabilidad como el que cometió el hurto.
26/01/2018 02:54 p.m.
Hernán Villarreal
Presencia.MX

Dice un dicho que “tanto peca el que mata la vaca, como el que le agarra la pata”, y esto puede reflejarse en el caso de aquellas personas que compran o agarran algún objeto empeñado, sin que les presenten facturas, pues caen en el delito de encubrimiento por favorecimiento, estipulado en el Código Penal del Estado de Veracruz.

De acuerdo con personal de la Sub-Unidad Integral de Procuración de Justicia, la persona que le llevan a empeñar o vender algo a su domicilio, evidentemente, sabe lo que le están ofreciendo, por lógica tiene que pedir una factura del objeto que le ofrecen, sino lo hace, es porque hay complicidad de partes.

El Código Penal, en su Artículo 344, establece que “se impondrán de seis meses a tres años de prisión y multa hasta de cuarenta días de salario a quien, después de la ejecución del delito y sin haber participado en éste, ayude en cualquier forma al inculpado a eludir las investigaciones de la autoridad o a sustraerse a la acción de ésta, u oculte, altere, destruya o haga desaparecer los rastros, pruebas o instrumentos del delito o asegure para el inculpado el producto o provecho del mismo”.  

En el caso de una motocicleta robada con violencia el pasado 28 de diciembre, y empeñada supuestamente a una persona en mil pesos, en la colonia J. Mario Rosado, sí hay responsabilidad penal para quien tenía el vehículo en su poder. De los hechos, existe una investigación abierta.

Mandos de Seguridad Pública y Policía Ministerial, de igual manera coinciden en que existe complicidad tanto del que roba como el que recibe los objetos, porque es imposible no darle cuenta que tomaste algo ilícito, cuando conoces la clase de persona que los ofrece; incluso, eso de argumentar “es que sólo lo conozco como tal, no es aceptable, tuvo que haber una complicidad de partes”, refieren.

Y ejemplifican lo que sucede en las Casas de Empeño: “un asaltante se apropia de algún artículo y en vez de buscar a quien venderlo, va y lo empeña. Él nunca va a regresar y la casa de empeño lo pondrá a la venta a un precio superior al de pignoración. Esto se logra porque las mentadas casas de empeño no exigen la factura al pignorante y el público no le exige la factura a las casas de empeño. Por lo mismo, todos ellos se hacen cómplices y partícipes del delito de robo, que además puede ser agravado cuando se comente con violencia. Los compradores estimulan los delitos”.

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